Según el artículo 67 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el requisito para llevar adelante esta práctica es el de juntar firmas del 20 por ciento del padrón electoral, lo que actualmente equivale a 500 mil personas.
"ARTICULO 67.- El electorado tiene derecho a requerir la revocación del mandato de los funcionarios electivos fundándose en causas atinentes a su desempeño, impulsando una iniciativa con la firma del veinte por ciento de los inscriptos en el padrón electoral de la Ciudad o de la Comuna correspondiente.
El pedido de revocatoria no es admisible para quienes no hayan cumplido un año de mandato, ni para aquellos a los que restaren menos de seis meses para la expiración del mismo.
El Tribunal Superior debe comprobar los extremos señalados y convocar a referéndum de revocación dentro de los noventa días de presentada la petición. Es de participación obligatoria y tiene efecto vinculante si los votos favorables a la revocación superan el cincuenta por ciento de los inscriptos."
Los interesados en decirle Chau a Mauricio pueden ingresar en el siguiente link: Fuera Mauricio Macri del gobierno
Abel
No hay comentarios:
Publicar un comentario